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Facultad de Ciencias Humanas
cual se hizo oficial la inminente desaparición de la Secretaría de Seguridad Pública Federal y se res- tituyeron a la Secretaría de Gobernación algunas de sus competencias, tales como la formulación y ejecución de las políticas, programas y acciones en materia de seguridad pública.
Pero más allá de la supresión o reorganización de las secretarías y dependencias de Estado, se estima que para resolver el grave problema de la espiral de violencia que se vive en nuestro país, se requiere de un enfoque verdaderamente integral y a largo plazo, que cuente con la participación activa de la sociedad civil para salir adelante, y no únicamente a través de un acción coercitiva de las fuerzas del orden, menos aún con la presencia militar en las calles.
La solución no puede estar al margen del respeto a los derechos humanos y garantías Constitucio- nales de los ciudadanos y en general, del Estado de Derecho. El Estado debe reformular su política pública de seguridad mediante la inclusión de la ciudadanía, no sólo por la magnitud que el fe- nómeno ha alcanzado en el país, sino porque la complejidad y agudización del problema exigen que la comunidad se involucre en su resolución; es decir, que se debe pasar de un enfoque de “represión” a uno de “prevención”.
Se estima que el sistema funciona exactamente a la inversa de como debería hacerlo, es decir, en lugar de privilegiar las acciones puramente restrictivas por parte de las fuerzas del orden, en caso de la comisión de un delito, se debería actuar partiendo en principio del rechazo del primer núcleo al que pertenece el individuo, es decir, de su familia; luego en seguida se debería dar el rechazo por parte de su comunidad a la que éste pertenece y al final, de no llegar a inhibir su conducta infractora, se debería esperar la acción coercitiva del Estado.
El Estado no debe entenderse únicamente en su carácter de garante de la seguridad (represor), sino fundamentalmente como “promotor” de una serie de modificaciones políticas, jurídicas, económicas, laborales, deportivas, recreativas, culturales y educativas, que permitan aún en el largo plazo el desarrollo de la comunidad y la inhibición de las actividades delictivas. Es decir, para que la política sea verdaderamente integral y
duradera, tiene que considerarse como una verda- dera “revolución moral” que incluya el fomento de programas alusivos a la salud, educación, cultura, etcétera, entre los ciudadanos, pero necesaria- mente para su éxito, el Estado debe adoptar de- cididamente el papel de promotor, haciendo uso de los recursos financieros y legales a su alcance.
El Estado debe encabezar, sin prejuicios, una “cruzada” en la que aprovechando su capacidad rectora conduzca a toda la sociedad hacia una verdadera “revolución moral” en la que las propias autoridades sean las primeras obligadas en poner el ejemplo. Si se cuenta con la capacidad y recur- sos para hacer periódicamente el país grandes campañas electorales, que realmente no interesan mayormente a la población, ¿por qué no hacer una como la señalada, en la que la sociedad mexicana se juega su viabilidad?
Referencias
Aguilar, V. R. y Castañeda, J. G. (2009). El Narco: La Guerra Fallida. México: Santillana.
Aguayo-Quezada, S. y Michale-Bagley, B. (Comp.) (1990). En Busca de la Seguridad Perdida. Aproximaciones a la Seguridad Nacional Mexicana México: Siglo XXI.
Aguayo-Quezada, S. y Bailey. J. (Coord.) (1997). Las Seguridades de México y Estados Unidos en un Momento de Transición. México: Siglo XXI.
Arzt, S. (2005). “Apuntes sobre la Ley de Seguridad Nacional”. En Bien Común, XI-123. México.
Aziz-Nassif, A. y Sánchez, J. A. (Comp.) (2005). Globalización, poderes y seguridad nacional. México: Miguel Ángel Porrúa y Ciesas.
Castillo-García, G. (2009). “Se disparan en este sexenio quejas ante la CNDH contra militares, admite el ejército”. En La Jornada. http://www.jornada.unam.mx/2009/07/24/ politica/008n1pol Publicado el 24 de julio de 2009. Consultado el 24 de octubre de 2013.
Chaparro, L. y Esquivel, J.J. “A Camarena lo ejecutó la CIA, no Caro Quintero”. En Proceso. http://www.proceso.com. mx/?p=355283 Publicado el 12 de octubre de 2013. Consultado el 26 de octubre de 2013.
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C. (2011). Informe sobre el impacto en México de la figura del arraigo penal en los Derechos Humanos. Washington: CMDPDH. En http://cmdpdh. org. Publicado el 28 de marzo de 2011. Consultado el 24 de octubre de 2013.
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2010). “Antecedentes”. En http://www.cndh.org.mx/lacndh/ anteced/antece.htm. Consultado el 9 de abril de 2010.
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INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA MULTIDISCIPLINARIA - AÑO 12, No12, ENERO - DICIEMBRE 2013


































































































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