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INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA MULTIDISCIPLINARIA - AÑO 12, No 12, ENERO - DICIEMBRE 2013
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Facultad de Ciencias Humanas
Ministerio Público, dependiente del Poder Ejecutivo Federal o Estatal y cuenta con el monopolio del ejercicio de la acción penal.
Le corresponde también al Ministerio Público sus- tentar su acusación a través de la aportación de pruebas y otros elementos necesarios para com- probar la responsabilidad del indiciado, así como hacer que los juicios se sigan con toda regularidad para que la administración de justicia sea pronta y expedita, pedir la aplicación de las penas e interve- nir en todas las negociaciones que la ley determine.
Se parte del supuesto de que la procuración y la administración de justicia son dos elementos funda- mentales en la vida social del país por dos razones:
a) Ambas son funciones exclusivas del Estado,
b) Son instituciones que garantizan algunos de los derechos fundamentales de las personas que viven en México; si fallan ambas se arriesga la elemental convivencia social porque algunas personas podrían creer justificado el hacerse justicia por cuenta propia.
Asimismo, sobresale la incapacidad de los órganos investigadores para resolver delitos del orden co- mún, los cuales en la mayoría de los casos, quedan en la impunidad debido a la incapacidad y corrupción que permea al interior de los ministerios públicos y policías judiciales, producto de inadecuadas políticas de selección y capacitación.
El sistema de justicia penal en México es de naturale- za inquisitiva. En este tipo de sistema, se parte de la presunción de que la persona indiciada es culpable de la comisión de un delito en tanto no se pruebe lo contrario. En el sistema acusatorio, toda persona es inocente hasta que se demuestre que no lo es ante el juez que resuelve la causa.
La naturaleza inquisitiva de nuestro sistema de justicia, tiene también como consecuencia el uso excesivo de la prisión preventiva que se traduce en sobrepoblación penitenciaria. Esta sobrepobla- ción consiste principalmente en individuos que no cuentan con los recursos suficientes para obtener su libertad bajo fianza.
La administración de justicia en México es una función del Estado que se realiza a través del Po- der Judicial y cuya misión fundamental consiste en imponer la autoridad en la resolución de los con-
flictos que puedan presentarse entre los ciudadanos mismos, entre éstos y el Estado, o incluso entre dos instituciones gubernamentales.
Esta función del Estado se realiza mediante la ac- tuación de los tribunales previamente establecidos, que siguen ciertos protocolos en el procedimiento, conforme a leyes expedidas con anterioridad al hecho que resuelven, para dictar resoluciones que impliquen el reconocimiento o la privación de algún o algunos de los derechos, libertades, propiedades y posesiones de las personas, según consta en el Artículo 14 Constitucional; la manera de emitir las resoluciones de los tribunales debe ser pronta, completa e imparcial, de acuerdo con el Artículo 17 de la Carta Magna; asimismo, que al administrar justicia, se presta un servicio que debe ser gratuito, ajustado a los plazos que fijan las leyes y realizado en completa independencia, debiendo garantizarse la plena ejecución de sus resoluciones (Presidencia de la República, 2013).
Existen algunas acciones en contra de la adminis- tración de justicia que constituyen una serie de violaciones al derecho, a la legalidad y la seguridad jurídica. En torno a la administración de justicia, los problemas más comunes son: negligencia o dilación administrativa en el proceso jurisdiccional, por el que los plazos dentro de los procedimientos duran más tiempo que el permitido por la ley, sin dictar resolución que le ponga fin; la extorsión; la falsifi- cación de documentos; la negativa a la reparación del daño por parte del Estado; el omitir imponer sanción legal; el tráfico de influencias, y la negativa al derecho de petición.
Mientras las recomendaciones de la Comisión Na- cional de los Derechos Humanos sean sólo eso, reco- mendaciones y no tengan capacidad coercitiva, no tendrán mayor fuerza que la presión de la opinión pública. Es decir tenemos que pasar de tener “pró- fugos de la opinión pública”, a tener quien pague efectivamente ante la ley.
Los Derechos Humanos afectados por la Guerra contra la Delincuencia Organizada
Son tres los artículos que, a nuestro juicio, resultan de particular relevancia (y por tanto, son los más vulnerados) dentro del corpus de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El artículo 3° señala que: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Por su


































































































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